La oscura oferta de Getty Images.


El pasado día 5 de Marzo, el famoso banco de imágenes Getty Images (gettyimages.com) comunicaba que pone a disposición de todo el mundo la posibilidad de usar millones de fotografías sin marcas de agua gracias a un nuevo sistema que nos permite incrustar las imágenes de su directorio en cualquier sitio web.

De la misma manera que para incluir vídeos de Youtube o Vimeo en una página web sólo tenemos que copiar y pegar el código correspondiente (embed), ahora podremos copiar el código de las fotos de Getty Images y divulgarlas de esa forma en cualquier sitio, incluyendo nuestro blog.

La imagen embebida, como se puede ver en el ejemplo adjunto, aparece con un marco que incluye la siguiente información:

  • La marca de Getty Images.
  • EL fotógrafo y la colección a la que pertenece la imagen.
  • Icono para compartir en Twitter.
  • Icono para compartir en Tumblr.
  • Icono para obtener el código Embed.

El método.

En total hay cerca de 35 millones de fotografías tanto antiguas como de actualidad en las que aparece el llamado Visor de inserciones con el código para incrustar. Técnicamente la forma de hacerlo es muy fácil:

1.Utilizar el buscador de Getty con diversos criterios.

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2. elegir la imagen y hacer clic.

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3. Si tiene el icono de incrustar, copiar y pegar dicho código en la anotación del blog.

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¿Por qué este giro en la política de Getty Images?

Craig Peters, Ejecutivo de Desarrollo de Negocios en Getty Images, reconoce abiertamente que hay un fraude recurrente que consiste en usurpar las fotos de Getty Images desde las páginas de sus clientes o desde las búsquedas de imágenes a través de Google o Bing.

La implementación de este nuevo sistema abre un nuevo camino que facilita el uso de las imágenes y en consecuencia se prevé una reducción de dicho fraude. Pero además de esta clara ventaja para el usuario, el código asociado a la imagen embebida dará a Getty Images un mayor control sobre el uso de las imágenes y una increíble fuente de información sobre los usuarios. Así mismo, este tipo de código permite colocar publicidad, una circunstancia que no está prevista en la implementación inicial pero que Peters no descarta en un futuro próximo.

Las imágenes incrustadas podrán ser compartidas en redes sociales y demás medios, por lo que está claro que la base de datos de fotos de Getty Images va a ganar mucha más visibilidad después de esta acción.

Polémica sobre la funcionalidad.

La polémica llega por el hecho de que no puede usarse esta funcionalidad para uso comercial, no podemos incrustar de forma gratuita sus fotos si el objetivo es comercial. Pero, ¿Qué significa esto exactamente?

De acuerdo con una declaración por correo electrónico de un portavoz de la compañía a GeekWire:

[…] el contenido puede ser utilizado sólo para fines editoriales, no comerciales (es decir, en relación con los eventos que son de interés periodístico o de interés público). Si el uso promueve una empresa, producto o servicio, los usuarios tendrán que comprar una licencia. Si no, pueden utilizar el contenido embebido […]

La presencia de anuncios en un sitio no significa automáticamente que el uso de una imagen incrustada en ese sitio tiene uso comercial. Piense en sitios como CNN.com o cualquier periódico o revistas en línea que apoyan contenido editorial con los anuncios del sitio. El atributo clave en la clasificación de uso como comercial es si la imagen se utiliza para promover un negocio, bienes o servicios, o para anunciar algo. Si no es así, se trata de un uso no comercial. Del mismo modo, los blogs corporativos serían tratados como no comercial/editorial a menos que la imagen directamente se esté utilizando para vender o promocionar sus productos o servicios.

Según los términos de uso, no podemos usar sus imágenes para publicitar un producto o servicio, tienen que usarse para dar contexto a una historia, a un artículo periodístico, pero no para vender algo directamente.

No es oro todo lo que reluce.

Esto no quiero decir que incrustar imágenes de Getty Images sea la mejor idea para un blog. A continuación os dejo unos apuntes interesantes que debéis tener en cuenta:

  • Esa fotografía no aparecerá al compartir tu entrada en Facebook o Twitter.
  • Esa fotografía lógicamente no podrá compartirse en Pinterest.
  • No será responsive al ser un iframe.
  • El tamaño está predefinido y puede no ajustarse a tus necesidades.
  • La imagen está acompañada de un marco lleno de información adicional que puede empobrecer el diseño de la página debido a sus características.
  • Las personas que reciban la suscripción a través de correo electrónico no podrán ver el contenido embebido. En su lugar aparecerá una gran espacio en blanco similar al tamaño del contenido en cuestión.

Y específicamente en WordPress:

  • No tiene soporte oEmbed así que toca copiar todo el código.
  • Pero lo más importante es que esa fotografía no la podréis utilizar como “Imagen destacada”

Para dejar más tranquila a la comunidad de webmasters del mundo será necesaria una enorme página de preguntas y respuestas que aclare las muchas preguntas que se están realizando actualmente sobre su oferta. Sería un verdadero suicidio digital si empiezan a denunciar a los bloggers que están usando su nueva función de incrustar fotos por haber interpretado de forma equivocada las pocas líneas que podemos encontrar en los términos de uso.

Sin embargo, lo más inquietante sigue siendo la posibilidad de que en un futuro cercano este contenido embebido sea un soporte publicitario y cualquier contenido web se convierta en un escaparate de publicidad sin previo aviso, o aún peor, que dicha funcionalidad desaparezca y las páginas se conviertan en auténticos agujeros negros.

JMB

Soy diseñador por vocación y formación, aunque mi vida profesional gira entorno al marketing y la comunicación de empresa. Me apasiona la creatividad y la innovación, así como el “Branding” de las grandes marcas, a las que sigo muy de cerca y de las que aprendo día a día.

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